En el último mes los servicios jurídicos de USO Extremadura han conseguido 3 sentencias condenatorias hacia otros tantos Ayuntamientos de la región, debidas todas ellas a distintas decisiones de sus respectivos Alcaldes y Alcaldesas que vulneraban los derechos laborales de distintos Policías Locales.
El primer Ayuntamiento condenado ha sido el de Zafra, cuyo Alcalde, José Carlos Contreras (PSOE), permitió que se privara a un agente de su derecho a percibir la “gratificación denominada COVID-19”. Esta gratificación fue aprobada para toda la plantilla como contraprestación a la suspensión del disfrute de todos sus permisos, asuntos particulares y vacaciones durante el estado de alarma del año 2020. Sin embargo, uno de los agentes fue requerido por los servicios de salud para someterse a una intervención quirúrgica, por lo que no pudo prestar servicio durante los dos últimos días del periodo fijado para la suspensión de sus derechos por encontrarse convaleciente, motivo que aprovechó la Alcaldía para informar negativamente acerca del derecho a percibir dicha gratificación. Desde USO siempre tuvimos claro que esta decisión de la Alcaldía constituía una discriminación por razón de salud hacia este trabajador, algo que ahora el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz ha venido a corroborar.
El segundo Ayuntamiento condenado es el de Valdelacalzada, cuyo Alcalde, Pedro Noriega (PSOE), pretendía que un agente que había pasado a situación de segunda actividad de forma reciente dejara de percibir distintos conceptos retributivos de su complemento específico que a partir del pase a su nueva situación administrativa dejaría de realizar. No obstante, las pretensiones del Alcalde eran contrarias a lo que se establece en el Artículo 43.1 de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, y, pese a que esta argumentación le fue expuesta en vía administrativa, su obcecación le llevó a denegarlo sistemáticamente al agente reclamante, al que ahora también el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz le ha dado la razón.
El tercer Ayuntamiento condenado es el de Navalmoral de la Mata, cuya Alcaldesa, Raquel Medina (PSOE), pretendía que los agentes de nueva incorporación a la plantilla, tras su paso por el Curso Selectivo de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura (ASPEX), lo hicieran integrándose de pleno en los cuadrantes de la plantilla y prestando servicio con todas las obligaciones inherentes al puesto, pero pagándoles únicamente las retribuciones básicas, lo cual contraviene la normativa estatal y autonómica que establece que los funcionarios en prácticas tienen derecho a percibir la totalidad de las retribuciones, tanto básicas, como complementarias, siempre que las realicen desempeñando de forma efectiva un puesto de trabajo. De igual forma, la Alcaldesa desoyó las peticiones de los afectados en vía administrativa, lo que ha supuesto la condena por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres.
Por último, el Alcalde de Pueblonuevo del Guadiana, Pedro Pablo González (PP), ha sido requerido por el Defensor del Pueblo, a consecuencia de la queja interpuesta por USO ante esta Institución, para que de forma urgente e inmediata proceda a regularizar la situación laboral y retributiva de todos los trabajadores públicos de su Ayuntamiento, y especialmente de los Policías Locales, todo ello a causa de las numerosas irregularidades e incumplimientos normativos en cuanto al reconocimiento y a la percepción de determinados conceptos retributivos que deberían estar contemplados en su inexistente Relación de Puestos de Trabajo, conceptos a los que tienen derecho y de los que, sin embargo, el Alcalde les lleva privando durante años.
Desde USO queremos hacer un llamamiento a los distintos Alcaldes y Alcaldesas de las distintas localidades de Extremadura para que pongan un poco más de interés en cumplir con todas las normativas que regulan y reconocen los derechos laborales y retributivos de la totalidad de los empleados públicos de sus respectivos Ayuntamientos, además de no obcecarse en tratar de salirse con la suya siempre y por encima de todo y de todos, con absoluto menosprecio a las evidencias que se les plantean en vía administrativa, ya que de lo contrario son los ciudadanos de sus localidades y las arcas municipales de estas localidades las que acaban pagando los platos rotos de las sentencias judiciales que les condenan a pagar unas costas que, en la mayoría de las ocasiones, deberían repercutir sobre sus propios bolsillos y no sobre el interés general.