Contacto
Portal de transparencia
Skip to main content

EL TJUE DICTA UNA SENTENCIA QUE APROXIMA INEXORABLEMENTE LA NECESIDAD DE TRANSFORMACIÓN EN FIJOS A LOS TRABAJADORES EN ABUSO DE LA TEMPORALIDAD

Hoy jueves 22 de febrero de 2024, se ha publicado la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en referencia a las peticiones de decisión prejudicial planteadas en relación al abuso de la temporalidad en la Administración Pública del personal LABORAL INDEFINIDO NO FIJO y LABORAL TEMPORAL, sobre los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22, C-159/22 (que son casos concretos de personas demandantes), que supone un varapalo importante para las autoridades administrativas y Tribunales españoles. La última sentencia del TJUE insta a hacer fijos a los trabajadores temporales de larga duración, respondiendo a una de las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

La sentencia afea que España no haya tomado las medidas necesarias para prevenir y sancionar el abuso en este tipo de contratación pública. La ley de reducción de temporalidad, aprobada en los últimos días de 2021 para cumplir con las obligaciones de los Next Generation, se quedó en una aprobación de urgencia. “Ya denunciamos en su día el redactado chapucero para llegar a tiempo, así como sus incongruencias. Por ejemplo, una reforma solapada del TREBEP que trataba de dar cobertura legal a quienes siguieran siendo interinos por no cubrirse un concurso convocado o que se estabilizara a personal que llevara 5 años en el puesto, con un doble rasero de duración para el sector privado y el público”, denuncia Javier Toro, secretario general de Federación de Atención a la Ciudadanía de USO (FAC-USO).

La ley de reducción de temporalidad no solo fue apresurada y chapucera, sino que no se ha cumplido. La mayoría de procesos de estabilización no se han ejecutado y la temporalidad en el sector público, lejos de descender, ha crecido. De hecho, duplica a la temporalidad en el sector privado y está en torno al 30 %. La Administración es el peor empleador de España y el menos perseguido, con unas 800.000 personas en esta situación.

La consulta al TJUE

Desde España se plantearon 11 peticiones de decisión prejudicial respecto a la interpretación de los preceptos del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, (celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada). El TJUE declara, como resultado de las 11 peticiones, las siguientes 7 conclusiones que se resumen a continuación:

  • Un trabajador indefinido no fijo debe considerarse un trabajador con contrato de duración determinada, a efectos de dicho Acuerdo Marco, y, por lo tanto, está comprendido en el ámbito de aplicación de este último.
  • La expresión «utilización sucesiva de contratos o relaciones laborales de duración determinada», que figura en dicha disposición, comprende una situación en la que, al no haber convocado la Administración en cuestión, en el plazo establecido, un proceso selectivo para la cobertura definitiva de la plaza ocupada por un trabajador indefinido no fijo, el contrato de duración determinada que vincula a ese trabajador con dicha Administración ha sido prorrogado automáticamente.
  • Se opone a una normativa nacional que no prevé ninguna de las medidas contempladas en esta disposición ni «medida legal equivalente» alguna, a efectos de esta, para evitar la utilización abusiva de contratos indefinidos no fijos.
  • Se opone a una normativa nacional que establece el pago de una indemnización tasada, igual a veinte días de salario por cada año trabajado, con el límite de una anualidad, a todo trabajador cuyo empleador haya recurrido a una utilización abusiva de contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente, cuando el abono de dicha indemnización por extinción de contrato es independiente de cualquier consideración relativa al carácter legítimo o abusivo de la utilización de dichos contratos.
  • Se opone a unas disposiciones nacionales según las cuales las «actuaciones irregulares» darán lugar a la exigencia de responsabilidades a las Administraciones Públicas «de conformidad con la normativa vigente en cada una de [dichas] Administraciones Públicas», cuando esas disposiciones nacionales no sean efectivas y disuasorias para garantizar la plena eficacia de las normas adoptadas conforme a la citada cláusula.
  • Se opone a una normativa nacional que establece la convocatoria de procesos de consolidación del empleo temporal mediante convocatorias públicas para la cobertura de las plazas ocupadas por trabajadores temporales, entre ellos los trabajadores indefinidos no fijos, cuando dicha convocatoria es independiente de cualquier consideración relativa al carácter abusivo de la utilización de tales contratos de duración determinada.
  • A falta de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar, con arreglo a esta cláusula 5, los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente, la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos PUEDE constituir tal medida. Corresponde, en su caso, al tribunal nacional modificar la jurisprudencia nacional consolidada si esta se basa en una interpretación de las disposiciones nacionales, incluso constitucionales, incompatible con los objetivos de la Directiva 1999/70 y, en particular, de dicha cláusula 5.

A estos efectos, si el tribunal remitente, (sección 2ª de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid), entiende que es constitucional la solución es la fijeza (conclusión nº7) se plantea un posible futuro cambio jurisprudencial de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y, con ello, la posible exigencia de la Comisión Europea de más cambios legislativos con medidas complementarias a la ley 20/2021.

Esta respuesta del TJUE de hoy puede tener una trascendencia más allá de los propios empleados públicos laborales, (que es el tipo de los empleados de los casos) porque la misma Ley y los procesos de estabilización son también la reacción legislativa del Estado para el personal funcionario interino y estatutario temporal de los servicios públicos de salud.

Sin legislación en España, la opción es convertir los contratos en fijos automáticamente

Esta nueva sentencia europea no supone una legislación automática en España. El Tribunal europeo acusa a España de no disponer de la normativa nacional que cumpla con el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada. En este sentido considera que una opción es convertir esos contratos en fraude de ley en fijos de forma automática.

USO exige que se legisle ya para cumplir con el Acuerdo Marco y rebajar de una vez la temporalidad y el abuso en el sector público. Además, la sentencia del TJUE reitera que España no puede deshacerse de trabajadores que ha tenido en fraude con 20 días por año trabajado.

Desde Madrid, la Federación de Atención a la Ciudadanía (FAC-USO) considera que es momento de legislar de forma eficaz para liberar a los juzgados de cientos de demandas aún no tramitadas por contratos en fraude de ley en la Administración. En USO estamos a la espera de decenas de sentencias en diferentes comunidades, habiendo conseguido ya varias que se han pronunciado en el sentido de dar la fijeza a trabajadores que estaban contratados en fraude de ley. La sentencia del TJUE, además, faculta al TSJM a aplicarla en todas las causas pendientes, lo que puede provocar una nueva cascada de demandas y un nuevo colapso judicial.

En USO Extremadura creemos que la Sentencia se aproxima inexorablemente a la necesidad de transformación en fijos de todos los empleados públicos que son víctimas del abuso de la temporalidad, tanto para el personal laboral indefinido no fijo como para el temporal, (y extensible al personal funcionario interino y el estatutario temporal). El motivo es que la sentencia rechaza que las medidas articuladas por el Gobierno de España en la Ley 20/2021 así como la doctrina asentada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo sobre la cuestión, cumplan con los requisitos que exige la Directiva 1999/70.

Consideramos, por tanto, la necesidad de que la Administración Autonómica actúe en consecuencia con la sentencia del TJUE y apelamos a la Dirección General de Función Pública a que actúe con premura y diligencia, para así evitar alargar más el sufrimiento y la inestabilidad de aquellas familias afectadas por el abuso de la temporalidad en la Junta de Extremadura.

USO, SGTEX y APAMNEX convocarán huelga indefinida de los agentes de medio natural.

Rueda de prensa Agentes Medio Natural del pasado 23 de marzo de 2023

Badajoz, 21 de abril de 2023.

Hoy viernes se ha convocado Mesa de Negociación por parte de la Junta de Extremadura para plantear posibles medidas organizativas y de reconocimiento del trabajo desarrollado por el colectivo de agentes de medio natural tras el anuncio de convocatoria de huelga por parte de la USO, SGTEX y APAMNEX.

La USO-Extremadura, el Sindicato SGTEX y la Asociación Profesional de Agentes de Medio Natural de Extremadura, APAMNEX, han coincidido en presentar una propuesta conjunta a la Administración para este proceso de negociación donde se ponga en valor la profesionalidad de este colectivo que, durante años, ha estado olvidado por parte de nuestros gestores políticos y que, con las elecciones a la vuelta de la esquina, pretenden apaciguar sus justas reivindicaciones que hasta el momento han sido desoídas por parte de la Junta de Extremadura, reivindicaciones tales como la creación de un servicio propio, la integración dentro del 112, el cumplimiento de la legislación vigente en materia de prevención de riesgos laborales, la regulación de la uniformidad a similitud de otras comunidades autónomas, la cobertura de las plazas vacantes según la legislación vigente, así como la puesta en valor de las funciones y la jornada de trabajo realizada por este colectivo que tan importante labor desarrolla para la defensa de la conservación de nuestro ecosistema.

Ante esta convocatoria de mesa de negociación, desde estas organizaciones esperamos llegar a un acuerdo satisfactorio para todos, colectivo de agentes de medio natural, Administración y ciudadanía en general, aunque, en vistas a una posible imposición por parte de la Junta de Extremadura de alguna nueva medida como ya sucedió en 2007 cuando se bajó el complemento específico de la gran mayoría de los miembros de este colectivo, se está gestionando la convocatoria de huelga indefinida a partir del próximo día 15 de mayo si no es oído el sentir mayoritario del colectivo en la mesa de negociación.

El sindicato USO reclama con urgencia medidas de seguridad y salud en los centros de trabajo dependientes de la Junta de Extremadura y del resto de Administraciones.

«El sindicato USO reclama con urgencia medidas de seguridad y salud en los centros de trabajo dependientes de la Junta de Extremadura y del resto de Administraciones.

Mérida, a 27 de diciembre de 2021. En estos días, la variante Ómicron, suma sus efectos perniciosos a los de otras variantes del virus para volver a azotar al mundo, cambiando los planes de países, de comunidades, … La difícil situación ha provocado la reunión de la Conferencia de Presidentes para abordar el incremento de contagios en nuestro país por COVID 19, del 22-12-2021, pero de la misma no se ha derivado ninguna medida para espacios cerrados, por lo que esa responsabilidad queda en manos de las Comunidades Autónomas.

Ante este cambio de escenario, las Administraciones autonómicas deben reaccionar, asumiendo su obligación de proteger a los trabajadores y trabajadoras, a sus familias y, por ende, a una buena parte de la sociedad extremeña, de un riesgo de contagio originado en el puesto de trabajo, en locales cerrados que no fueron diseñados para luchar contra epidemias, riesgo al que se suma el derivado de su traslado en autobuses o trenes atestados.

Para ilustrar la necesidad de incrementar las medidas de prevención, decir que una de las medidas principales de protección que la Administración autonómica brinda a sus trabajadores/as es una mascarilla quirúrgica para todo un día de trabajo, cuando debiera sustituirse cada 4 horas. Aunque se pueden mencionar otras, como unas recomendaciones escritas, en la que se cita, entre la regla de las 6 emes, la de “me quedo en casa”, entendemos que, trabajando a distancia, pero en Extremadura solo tienen autorizado el teletrabajo a unos pocos empleados públicos, menos de 1 de cada 100 trabajadores.

No debemos cometer el error de pensar -por 6.ª vez- que somos diferentes. Los nefastos números provocados en las diversas olas solo se han controlado con medidas de prevención. La falta de estas medidas ha desembocado en contagios, incapacidades, hospitalizaciones, ingresos en UCI y, desgraciadamente, también en muertes, y, finalmente, en medidas tardías y drásticas que dañan la economía y la vida de las personas aún más.

El enorme esfuerzo adicional, sin contraprestación alguna, que están haciendo gran parte de nuestros sanitarios, y la vacunación no debieran ser los únicos diques de contención de la epidemia. Para no sobrecargar de nuevo al sistema sanitario, hay soluciones que, junto con la protección generada por las vacunas, pueden prevenir los contagios y proteger la salud de nuestros seres queridos, y que ya han sido probadas con éxito como el teletrabajo parcial. Y cuando hablamos de éxito, nos referimos a que la práctica totalidad de los servicios de la Junta funcionaron correctamente durante muchos meses gracias a que la mayoría de las personas que los componen trabajaron con responsabilidad desde sus casas, sin escatimar esfuerzos, con generosidad poniendo a disposición de la Junta sus equipos personales, y estando disponibles en horarios reservados al espacio personal.

Si bien es cierto que parte de los trabajadores deben realizar su labor presencialmente, como nuestros sanitarios, a los que sería de justicia que se les compensara de algún modo, en otros muchos casos la presencialidad de todos en el puesto de trabajo es evitable, mediante el teletrabajo de parte de la plantilla.

Por todo lo anterior, requerimos a la Junta de Extremadura y al resto de Administraciones Públicas reaccionar con urgencia ante los nuevos datos estableciendo más medidas de prevención y protección de la salud, como una reducción del número de personas trabajadoras presentes en espacios de trabajo a través de del teletrabajo a tiempo parcial y la recuperación de los grupos burbuja.»

USO-Extremadura denuncia que la Junta pretende que los monitores de Actividades Complementarias subsistan con apenas 3.200 euros al año

El 15 de junio se publicó en el DOE la Resolución para prorrogar las actividades formativas complementarias en los centros públicos de educación infantil y primaria y específicos de educación especial de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2021/2022.

A través de la Consejería de Educación se imparten anualmente 625 actividades formativas complementarias para niños de toda la región. Para su impartición, la Junta de Extremadura cuenta con alrededor de 370 monitores indefinidos discontinuos y el resto son contratados de manera temporal. Estos monitores están contratados desde el mes de octubre hasta mayo a jornada parcial, percibiendo unas retribuciones que a duras penas superan los 400€ mensuales.

Este año, vuelven a impartirse la totalidad de las actividades formativas que estaban programadas antes del inicio de la pandemia, ya que el curso pasado, no se impartieron numerosas actividades formativas, lo que conllevó el despido de más de 30 monitores indefinidos discontinuos.

Esta situación fue judicializada por la asesoría jurídica de USO, consiguiendo que se les reconociese el despido improcedente y la correspondiente indemnización a abonar por la Junta y que a día de hoy siguen esperando, pese a que le propuso a la Consejería de Educación que no despidiese a estos trabajadores y suspendiese sus contratos durante ese curso y así evitar la posible indemnización.

Pues bien, en la Resolución del día 15 de junio, se vuelven a ofertar las actividades formativas de los monitores despedidos el curso pasado, por lo que tendrán que volver a contratar a 30 monitores más y habrán gastado innecesariamente la indemnización que, según sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, tienen que abonar a cada uno de los que demandaron su despido.

Además de esto, cuando finaliza el curso escolar, a los monitores indefinidos la Junta les suspende el contrato hasta el siguiente curso, impidiéndoles que puedan volver a trabajar en cualquier otro puesto de trabajo en la Junta durante los meses de junio a septiembre. Es decir, la Junta considera que una persona que trabaja durante 8 meses impartiendo actividades complementarias tiene cubiertas sus necesidades vitales con una cantidad que apenas alcanza los 3.200 euros anuales.

Desde USO pedimos a la Junta que elimine esta cláusula que impide trabajar a este colectivo de trabajadores durante los meses de verano, ya que todos deben tener derecho a procurarse unas retribuciones lo suficientemente dignas para poder mantener a sus familias. También reclamamos que se inicie un proceso de negociación con los representantes del colectivo para reconocer y poner en valor su actividad y profesionalidad, no fomentando la precariedad laboral.

USO denuncia la futura privatización de las ITV en Extremadura.

Mérida a 8 de junio de 2021. El Sindicato USO denuncia el abandono que sufren las estaciones de la ITV públicas de Extremadura dependientes de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda. Este abandono es la práctica habitual para poder justificar la correspondiente privatización del Servicio por parte de la Administración de turno.

En la Región contamos con un total de 10 estaciones de ITV de titularidad pública, a las que hay que sumar las de titularidad privada. Las y los trabajadores de estas estaciones públicas han visto como, por parte de los diferentes responsables autonómicos, se ha iniciado el camino para la privatización de las mismas, reduciendo considerablemente el personal que presta servicio en las mismas y los recursos de los que disponen para poder prestar su trabajo.

Esta forma de actuar es la manera estándar en la que actúan las diferentes Administraciones cuando les interesa privatizar un servicio público: Reducción del personal que presta servicio a los ciudadanos, reducción de los recursos de los que disponen, justificación de la privatización para la mejora del servicio, concesión de la prestación a una empresa “amiga” y así tenemos una nueva “agencia de colocación” a disposición del régimen.

En la actualidad, cerca del 30% de los puestos de trabajo están vacantes, con lo que se obliga a las y los trabajadores a cambiar turnos de trabajo para cubrir todas las horas de apertura, a realizar horas extras obligatorias por la falta de previsión de los responsables Técnicos del Servicio, a no disfrutar de sus vacaciones anuales en su totalidad durante el periodo estival por necesidades del servicio. Además, ya se les ha transmitido que no existe dotación presupuestaria para lo que resta de año para material de uso diario de oficina, lo que esperamos que se solucione a la mayor brevedad posible con una modificación presupuestaria.

Desde USO solicitamos al Gobierno Autonómico que cubra la totalidad de las plazas vacantes existentes en las diferentes estaciones de ITV, se convoquen listas de espera de la categoría de mecánico inspector ya que la actual está agotada, se regularice la situación de los miembros de este colectivo y se les encuadre en el grupo profesional que realmente les corresponde así como que se proceda a realizar una modificación presupuestaria para que puedan contar con los recursos necesarios para que puedan ofrecer un buen servicio a los ciudadanos.

USO denuncia irregularidades en la designación de miembros de los Tribunales selectivos

USO-Extremadura denuncia posibles irregularidades en la designación de los miembros de los Tribunales selectivos de la Junta

El sindicato USO denuncia que recientemente se ha publicado una modificación de la composición de 11 de los 16 Tribunales selectivos del turno de Ascensos de la Administración General de la Junta de Extremadura donde se cambia a los miembros de estos Tribunales selectivos. En esta publicación, se sustituía a trabajadores que fueron designados mediante sorteo realizado el pasado 31 de julio de 2019 de entre una lista de voluntarias y voluntarios para formar parte de estos Tribunales selectivos por otros que no aparecían ni como suplentes en el citado sorteo.

Según la Ley de Función Pública de Extremadura y las propias Base de la convocatoria, todos los vocales de estos procesos selectivos deben ser designados por sorteo, por lo que, en este caso, si se han modificado los miembros por otras personas que no fueron inicialmente designadas en el citado sorteo, estaríamos ante una manifiesta irregularidad que podría dar origen a que se presentaran las correspondientes impugnaciones e incluso se terminaran por judicializar los procesos selectivos.

Ante esta situación, y sin dudar en ningún momento de la profesionalidad, imparcialidad y capacidad de los nuevos miembros que ahora aparecen de la nada como componentes de los Tribunales, desde USO se ha presentado la correspondiente impugnación a esta publicación y se ha pedido a Función Pública que se aclare esta situación, sin haber recibido respuesta alguna hasta el momento.